Monday, July 13, 2020

Damas Asesinas | Tori Telfer



Cuando pensamos en las figuras más oscuras de la historia, como los asesinos en serie, automáticamente nos vienen a la cabeza Jack el Destripador o Ted Bundy. La imagen que se nos dibuja en la mente es la de un hombre sin alma, dispuesto a terminar con la vida de víctimas inocentes que, a menudo, son mujeres. Pero, por desgracia, la violencia y la maldad no es exclusiva de los hombres. Y curiosamente en esta faceta de la vida, también las mujeres se encuentran marginadas. Porque, ¿realmente somos conscientes de la existencia de asesinas?

Damas asesinas. Mujeres letales de la historia es un terrorífico viaje al lado más truculento del género femenino que visibiliza nombres propios de mujeres realmente sanguinarias. Porque, ironías de la vida, en lo que a maldad se refiere, también la historia ha vilipendiado a las mujeres. La autora empieza su repaso por la vida de estas mujeres malignas haciendo una brillante reflexión sobre la imagen social de las asesinas a lo largo de la historia: 
La sociedad tiende a sumirse en una especie de "amnesia colectiva" cuando se trata de recordar los episodios de violencia femenina. 
Tori Telfer hace una brillante radiografía del imaginario colectivo, que tiende a situar a estar mujeres en un plano ficticio, irreal, porque, al parecer, al mundo le cuesta entender que una mujer, un ser que, por naturaleza nos da la vida, pueda llegar a quitarla por voluntad propia. Un valiente alegato en defensa de la visibilización de estas mujeres para poder descubrir a muchas de ellas que aún se encuentran en la sombra: 
Saldremos ganando si reconocemos la existencia de la agresividad femenina, incluso cuando esta es enfermiza y retorcida. No hacerlo implica negar la realidad. 
Con este brillante preámbulo, Tori Telfer inicia su terrible recorrido con Erzsébet Bathory, "la gran dama de las asesinas en serie". Tras ella, un elenco de mujeres, a cual más cruel, de todos los rincones del planeta y de distintas épocas. Mujeres mayores, como Nannie Doss, conocida como la "Abuelita risueña", que se deshizo de sus maridos y otros miembros de su familia y siempre mantuvo una macabra sonrisa en los labios hasta que fue condenada. Un caso que conmocionó a los Estados Unidos a mediados del siglo pasado aunque a la opinión pública le costó tratar a aquella asesina como tal. De Norteamérica, la autora nos trae otros casos igualmente aterradores como el de Anna Marie Hanh, que tuvo el dramático honor de ser la primera mujer en ser ejecutada en la silla eléctrica, Kate Bender o Tillie Klimek.

La muerte a manos de psicópatas no fue exclusiva de los Estados Unidos. También en otros puntos del planeta, como Marruecos o Egipto, fueron escenario de truculentas historias para no dormir. Tal fue el caso de la bailarina marroquí Oum-El-Hassen o unas hermanas egipcias, Raya y Sakina, que a principios del siglo XIX, en plena turbulencia por la independencia de Egipto, regentaban un prostíbulo en el que el horror se escondía tras sus mugrientas paredes.

Erzsébet Bathory. Wikimedia Commons

Mujeres aparentemente normales, con vidas anodinas; mujeres que estaban llamadas a ser monjas y, lejos de ser santas, se convirtieron en el diablo en la tierra. Tal fue el caso de Elizabeth Ridgeway, una mujer que envenenó a todo aquel que la contrariaba, una mujer que "sentía hastío, frustración y claustrofobia a menudo, y, cuando se hallaba inmersa en esos estados de ánimo, asesinaba a las personas que invadían su espacio vital". Descripción con la que, como afirma Telfer, "los investigadores clasificarían a los psicópatas". Pocos años antes de que Jack el Destripador sembrara el pánico en las calles londinenses, el Burnley Advertiser decía esto de Mary Ann Cotton: "Jamás ha pisado la tierra monstruo más horrendo que ella".
Las asesinas en serie a menudo pasan desapercibidas durante mucho tiempo, sí, Pero, ojo, toda esa retórica sobre que "nadie se da cuenta de que las asesinas en serie existen de verdad" puede derivar rápidamente en el más absoluto ridículo. 
Condesas, nobles, marquesas aterradoramente crueles, mujeres con dramáticos pasados que prolongaron su trágico destino por propia voluntad. Asesinas a las que no les temblaba el pulso a la hora de cocinar suculentos pero letales platos aunque también hubo que ejercieron una incomprensible violencia. Otras lo hacían colaborando unas con otras... Mujeres que mataban a sus seres queridos o a cualquiera que le sirviera como objeto para su macabra diversión. Cuando fueron condenadas, algunas se derrumbaron pero otras mantuvieron su heladora impasibilidad hasta el último latido de su corazón, mujeres con historias desgarradoras como la de Darya Nikolayevna Saltykova o Alice Kyteler. No sabría decir cual de ellas me ha producido más pavor.

Mary Ann Cotton. Wikimedia Commons

Damas asesinas es un libro duro de leer, no os voy a engañar, la propia autora reconoce que llegó a llorar dos veces en el proceso. Pero es interesante descubrir que la maldad puede esconderse detrás de cualquier ser humano, sea hombre y mujer. Cada biografía, que se puede leer de manera aleatoria, está tratada de manera amena, alejada de morbos facilones y planteando la muerte como algo muy serio.

Tori Telfer ayuda con su planteamiento a remover las conciencias, porque pone de manifiesto que incluso en el ámbito de la violencia, las mujeres, o el tratamiento que se hace de sus casos, no son tratados como los de los asesinos en serie. Telfer pone de manifiesto que ellas, como ellos, eran "terrible, intrínseca e ineludiblemente humanas". 

 Ficha técnica 

TítuloDamas asesinas
Subtítulo: Mujeres letales de la historia
AutoraTori Telfer
Género: Biografías
Editorial: Impedimenta
ISBN:  978-84-17553-37-1
Nº de páginas: 400
Precio: 24,95€

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LA GUERRA CIVIL GRIEGA, LOS INICIOS DE LA GUERRA FRÍA


Tras la expulsión de los alemanes de Grecia, comenzó una pugna entre los que querían restaurar el régimen monárquico y los grupos de la guerrilla entre los que destacaba la liderada por el Partido Comunista (EAM-ELAS). Éstos últimos pretendían instaurar un régimen comunista en el país.

Coincidiendo con la retirada alemana, en octubre de 1944, Churchill viajó a Moscú y acordó con Stalin un porcentaje de reparto de la influencia en los Balcanes: Grecia en la órbita occidental, Rumanía bajo influencia soviética y Yugoslavia al 50 % para cada uno (Tito se sintió muy molesto porque no se le había consultado y porque esto significaría en la práctica la restauración de la monarquía en Yugoslavia).


Enfrentamientos en Atenas. Diciembre, 1944.Wikipedia.
Tras la retirada alemana de octubre de 1944, ajustándose al acuerdo de reparto entre Churchill y Stalin, el gobierno de concentración nacional presidido por Papandreu (constituido en El Cairo) regresó del exilio se dispuso a tomar el control del país (con la ayuda de Gran Bretaña) y se enfrentó a la guerrilla comunista. La guerrilla de EAM-ELAS controlaba gran parte del país, pero no las ciudades de Atenas y Salónica en manos de las fuerzas monárquicas. Hubo un fuerte enfrentamiento entre ambas fuerzas
se negó a entregar las armas ("Batalla de Atenas", diciembre 1944). En febrero de 1945 firmaron un  pacto (Acuerdo de Varkiza) por el que el regente arzobispo Damaskinos y los monarquicos se comprometían a celebrar elecciones bajo supervisión de los Aliados y el Partido Comunista Griego (KKE), presionado por Stalin, aceptó el desarme de la guerrilla del EAM-ELAS .

En octubre de 1946, antiguos guerrilleros, que se habían negado a desmovilizarse y se encontraban  huidos a las montañas, formaron el Ejercito Democrático de Grecia (DSE) apoyado por la Yugoslavia del mariscal Tito y también, en menor medida, por Albania y Bulgaria. En septiembre de 1947 formaron un gobierno provisional. 

Cartel favorable a la monarquía
El enfrentamiento entre monarquicos apoyados por Gran Bretaña y la Guerrilla se recrudeció de tal forma que Gran Bretaña pidió ayuda a los EE.UU. reconociendo su imposibilidad de contener el avance de la guerrilla comunista. El presidente Truman, atendido a los postulados de su doctrina (ver post de este Blog sobre la denominada Doctrina Truman), se iba a implicar en el conflicto asumiento el liderazgo militar desplazando a Gran Bretaña.  

La implicación norteamericana trajo la derrota de la guerrilla comunista aunque intervinieron otros factores como el cierre de la frontera yugoslava tras la condena de Stalin al régimen de Tito ya que el Partido Comunista Griego se puso del lado de Stalin o que la URSS se desentendiese parcialmente del conflicto griego a cambio de mantener sus posiciones en Europa del Este.

Tra su derrota, muchos guerrilleros se refugiaron en Albania y Bulgaria. El 16 de octubre de 1949, la jefatura del Partido Comunista Griego (KKE) ordenó el cese de hostilidades. Los guerrilleros  del DSE y los comunistas en general sufrieron una fuerte represión, así como cualquier expresión comunista, especialmente a través de la prensa.

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La «Constitución De Cúcuta»

Hoy en día, en América hay 35 Estados soberanos –por orden alfabético, desde Antigua y Barbuda hasta Venezuela– pero durante el siglo XIX, tras el proceso descolonizador de las metrópolis europeas, existieron otras naciones más efímeras que no lograron sobrevivir al paso del tiempo, bien porque se integraron en otro país vecino –como sucedió con la República de Yucatán en México o el Estado de Buenos Aires en Argentina– o bien porque algunos territorios quisieron adoptar una estructura confederada que, sin embargo, acabó por disolverse como, por ejemplo, la República Federal de Centroamérica [que reunió a Guatemala, El Salvador, Nicaragua, Honduras y Costa Rica]; la Confederación Centroamericana [Nicaragua, El Salvador y Honduras]; la Confederación Perú-Boliviana [Bolivia y Perú que, por aquel entonces, estaba dividido en las Repúblicas Sud y Norperuanas]; o las Provincias Unidas del Río de la Plata [Argentina y gran parte de las actuales Bolivia, Uruguay y Paraguay]. Otra de aquellas fugaces naciones americanas fue la denominada «Gran Colombia» que surgió a iniciativa de su primer presidente, Simón Bolívar.



El 17 de diciembre de 1819, el Congreso de Venezuela examinó la Ley Fundamental de la República de Colombia en la Ciudad de Santo Tomás de Angostura y consideró que reunidas en una sola República las Provincias de Venezuela y de la Nueva Granada, tienen todas las proporciones y medios de elevarse al más alto grado de poder y prosperidad mientras que separadas, por más estrechos que sean los lazos que las unan, lejos de aprovechar tantas ventajas llegarían difícilmente a consolidar y hacer respetar su Soberanía. Esa «Gran Colombia» –como se refieren a ella los historiógrafos para diferenciarla del actual Estado colombiano porque, en aquel momento, se hablaba simplemente de la República de Colombia– adoptó su ley fundamental en un Congreso General que se reunió en la Villa del Rosario de Cúcuta, el 30 de agosto de 1821, por lo que aquella Carta Magna pasó a la historia con el sobrenombre de esa localidad colombiana: la «Constitución de Cúcuta».

Las notas más destacadas de aquel texto cucuteño se pueden reseñar en el siguiente decálogo:
  1. Ámbito: según su Art. 6, el territorio de aquella nación comprendía el antiguo Virreinato de Nueva Granada y de la Capitanía General de Venezuela (en términos actuales, la «Gran Colombia» llegó a extenderse por los límites actuales de Colombia, Venezuela, Panamá, Ecuador y la Región del Esequibo, en la República Cooperativa de Guyana).
  2. Poderes: los Arts. 10 y 11 dispusieron que el Poder Supremo estará dividido para su administración en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. El poder de dar leyes corresponde al Congreso; el de hacer que se ejecuten, al Presidente de la República, y el de aplicarlas en las causas civiles y criminales, a los tribunales y juzgados.
  3. Asambleas parroquiales: de acuerdo con el Título III, cada cuatro años, el último domingo de julio debía celebrarse una asamblea en todas las Parroquias del país, presidida por un juez –que la convocaría sin necesidad de esperar ningunas órdenes– e integrada por los sufragantes parroquiales (los colombianos casados o mayores de 21 años que supieran leer y escribir y poseyeran alguna propiedad raíz que alcance al valor libre cien pesos o ejerciten algún oficio, profesión, comercio o industria útil, con casa o taller abierto sin dependencia de otro en clase de jornalero o sirviente). El objeto de dichas Asambleas Parroquiales es votar por el elector o electores que corresponden al Cantón (dentro de cada provincia).
  4. Legislativo: bicameral (Senado y Representantes). En cualquiera de las dos podrán tener origen las leyes; y cada una respectivamente podrá proponer a la otra reparos, alteraciones o adiciones para que los examine; o rehusar a la ley propuesta su consentimiento por una negativa absoluta (Arts. 40 y ss).
  5. Ejecutivo: el Poder Ejecutivo de la República estará depositado en una persona, con la denominación de Presidente de la República de Colombia (Art. 105) que ejercía su cargo por un mandato de cuatro años sin poder ser reelegido más de una sin intermisión; asimismo, se previó la existencia del cargo de vicepresidente (ambos formaban parte del Consejo de Gobierno, compuesto además por un ministro de la Alta Corte de Justicia, nombrado por él mismo, y de cinco Secretarios del Despacho: Relaciones Exteriores, Interior, Hacienda, Marina y Guerra). E incluyó la prerrogativa de dictar todas aquellas medidas extraordinarias que sean indispensables y que no esté comprendidas en la esfera natural de sus atribuciones en los casos de conmoción interior a mano armada que amenace la seguridad de la República, y en los de una invasión exterior repentina, puede, con previo acuerdo y consentimiento del Congreso (Art. 128).
  6. Alta Corte de Justicia de Colombia (I): propuestos por el Presidente de la República a la Cámara de Representantes en número triple, la Cámara reduce aquel número al doble, y lo presenta al Senado para que éste nombre los cinco que debían componerla (Arts. 140 y ss).
  7. Alta Corte de Justicia de Colombia (II): este "consejo general del poder judicial" conocía de tres asuntos: los negocios contenciosos de embajadores, ministros, cónsules o agentes diplomáticos; las controversias que resultaren en los tratados y las negociaciones que haga el Poder Ejecutivo; y las competencias suscitadas o que suscitaren en los Tribunales Superiores.
  8. Organización interior de la República: el Título VII estructuró la «Gran Colombia» en departamentos, provincias, cantones, cabildos y municipalidades (además de las parroquias ya mencionadas).
  9. Derechos: entre las disposiciones generales (Arts. 156 a 184) se proclamaron los derechos a la libertad de expresión, la presunción de inocencia, la propiedad, la tutela de los jueces, la inviolabilidad del domicilio y la correspondencia, etc.; y
  10. Finalmente, la ley fundamental grancolombiana contempló la posibilidad de introducir en cierto género el juicio por jurados; restringió la aplicación de las leyes militares a los que estuvieren empleados en la marina o en las milicias que se hallaren en actual servicio; extinguió todos los títulos de honor concedidos por el Gobierno español; y concluyó declarando en su fuerza y vigor las leyes que hasta aquí han regido en todas las materias y puntos que directa o indirectamente no se opongan a esta Constitución ni a los decretos y las leyes que expidiere el Congreso.

No obstante –como recuerda el profesor Osuna Patiño– la fragilidad política de la unión grancolombiana se hizo visible desde la misma puesta en vigencia de la Constitución. A pesar de los intentos de Bolívar por mantenerla, resultaron insuperables los obstáculos ocasionados por la carencia de sentimiento de nacionalidad y la falta de madurez política [OSUNA PATIÑO, N. "El régimen constitucional de la Gran Colombia: la Constitución de Cúcuta". En BOTERO BERNAL, A. & CORREA RESTREPO, L. (Ed.). Origen del constitucionalismo colombiano. Medellín: Universidad de Medellín, 2006, p. 131].

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